La CNV lanzó un “big bang” desregulatorio con el que espera fortalecer el mercado de capitales

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) lanzó una batería de medidas desregulatorias este jueves con las que busca acelerar la aprobación de las emisiones de acciones, Obligaciones Negociables, fideicomisos y fondos comunes de inversión (FCI), como así también simplificar su monitoreo. Además, se extendió el periodo de prueba (“sandbox”) del marco regulatorio para la tokenización de activos hasta finales de 2027.

“Se dependía de un trámite que a su vez dependía de un montón de vicisitudes”, explicaron fuentes familiarizadas con la medida, que afirmaron que este cambio implica “un sistema de autorizaciones automáticas sin renunciar a la protección de los inversores”.

De hecho, en los despachos oficiales se entusiasman con la nueva normativa, llegando a compararla compararla con el “Big Bang” de 1986, una desregulación a gran escala e la Bolsa de Valores de Londres, impulsada por el gobierno de Margaret Thatcher.

En el comunicado oficial, Silva destacó que “este esquema de ‘filings’—, elimina demoras y agiliza el acceso al mercado reduciendo significativamente el time to market”. En esa misma línea, explicó que reemplazaron “el sistema de aprobación previa por un modelo basado en la presentación de información”.

“Ya no se pide autorización previa para emitir, simplemente se informa y se obtiene la autorización automática de oferta pública. Tampoco habrá revisiones aprobatorias ex post, sin perjuicio de las facultades de fiscalización de la CNV”, detalló.

Si bien fuentes conocedoras del tema reconocieron que estos cambios en el sistema no se traducirán en una disminución de costos para las empresas, destacaron que “el ‘timing’ es muy importante para salir al mercado” actualmente, algo que se facilitaría con las nuevas resoluciones. “Antes Argentina era ciclotímica, ahora el mundo también”, enfatizaron.

De todas maneras, las 6 resoluciones aún no entrarán en vigencia ya que a partir de hoy salen a consulta pública hasta el 27 de mayo. A partir de los comentarios y observaciones que se reciban, se determinará la fecha final de inicio del nuevo sistema.

La letra chica del proyecto

La primera normativa, la RG N° 1132, incorpora un nuevo Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado, que permite a las emisoras acceder a montos superiores sin necesidad de transitar procedimientos de revisión previa.

Por su parte, la RG N° 1133 también incorporó un nuevo Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática de Valores Negociables Fiduciarios por Mediano Impacto Ampliado, en términos similares a los contemplados para las emisoras.

En el caso de los FCI, a través de las RGs N°1134 y 1135, se dispone la autorización automática de los trámites de constitución y modificación de todos los FCI Abiertos.

En lo referido a los FCI Cerrados, entre los que se incluyen los inmobiliarios, se crea un régimen de autorización automática para aquellos vehículos destinados a inversores calificados o cuyo monto de emisión no supere cierto límite máximo.

Menor monitoreo estatal y mayor responsabilidad empresaria

Como parte de la normativa se propone reemplazar los trámites de autorización previa de CNV de las prórrogas de programas globales, aumentos de monto y modificaciones de términos y condiciones por parte de las emisoras, por un procedimiento de autorización automática con su sola presentación a la TAD y su difusión en la Autopista de la Información Financiera (AIF).

Asimismo, se establece que en los casos de hacer uso de la opción de actualización de prospectos podrán hacerlo sin requerir autorización previa de CNV, debiendo cumplir con las obligaciones de publicación y responsabilidad sobre la información difundida.

“Perdiste la supervisión de papá CNV”, bromearon desde el organismo regulador, que adelantaron que “los estudios jurídicos van a tener que ser mucho más responsables” con la presentación de su información. “En el mercado de capitales podés emitir productos con distintos nivel de riesgo, la único que tenés que hacer es contarle al inversor los riesgos“, agregaron.

La regulación extiende este enfoque a las emisiones de obligaciones negociables autónomas, al régimen de Emisor Frecuente y a los Programas Globales PyME CNV, eliminando, además, para ese último caso, la necesidad de autorización previa para la emisión de clases o series.

Por otra parte, se modificó el plazo mínimo de duración de las series o clases que se emitan bajo los Programas Globales a 30 días, teniendo en cuenta las características de las emisiones de obligaciones negociables, quedando aquellas de menor plazo accesibles a otros instrumentos vigentes en el ámbito del mercado de capitales, como son los pagarés y cheques, entre otros.

Se extiende el periodo para tokenizar activos

Otra novedad que trajo la batería de medidas es la extensión del nuevo régimen de tokenización de activos, el cuál actualmente es implementado bajo un entorno regulatorio controlado (“sandbox”). Con fecha de vencimiento originalmente prevista para agosto de este año, la CNV decidió extenderla hasta el 31 de diciembre de 2027.

Sin embargo, eso no sería lo único. En la RG 1137 también prevé extender la posibilidad de tokenizar Valores Negociables (VN) emitidos bajo los distintos Regímenes de Autorización Automática previstos en las Normas CNV, con excepción de aquellos aplicables a los FCIA.

De esta manera, la posibilidad de tokenización se amplía a los VN emitidos bajo cualquier Régimen de Autorización Automática, incluidos los Regímenes de Oferta Pública con Autorización Automática de VN por su Bajo Impacto, y el nuevo Régimen de Oferta Pública Automática de Valores Negociables por su Mediano Impacto Ampliado.

Asimismo, en el caso de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados, la posibilidad de representación digital deja de limitarse a las cuotapartes de los FCIC de créditos, extendiéndose a todos aquellos FCIC que admitan emisiones con autorización automática de oferta pública.

¿Prerrequisitos para el FAL?

La decisión de la CNV se conoce antes de la regulación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) previsto en la reforma laboral, el cuál obligará a cada empleador del país a depositar en un fondo específico un porcentaje de la masa salarial para enfrentar el pago de indemnizaciones.

En base a esa reforma, cada empresa deberá crear un FAL para depositar ese dinero – el cuál antes era destinado a la ANSES – en el mercado de capitales, aunque desde el organismo especulan con la posibilidad de que varios pymes puedan agruparse para conformar uno. Se trata de un elemento que podría sumar montos relevantes de negociación en el mercado de capitales.

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