La nueva normativa del BCRA pone fin a los grises legales al regular a las fintech que operan bajo la modalidad de servicio en pagos digitales.

El BCRA actualizó la norma sobre proveedores de servicios de pago que busca controlar, supervisar, y mantenimiento el registro. A través de la figura del “PSPCP como Servicio”, la entidad busca transparentar la relación entre las fintech y las apps de terceros, al definir responsabilidades claras sobre los fondos de los usuarios y extendiendo los plazos de implementación para garantizar la estabilidad técnica del sistema.
“La norma apunta principalmente a fortalecer el sistema de medios de pagos y a reducir vulnerabilidades que podrían derivar en riesgos sistémicos y también en riesgos específicos para los usuarios del sistema financiero. Asimismo, se alinea con estándares internacionales y prácticas regulatorias implementadas en otros países de la región“, explicaron de forma oficial.
Cuáles son los cambios que impulsó esta normativa
- Nueva figura: el PSPCP como Servicio. El BCRA incorpora por primera vez a los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago a través de terceros. La norma define responsabilidades específicas para esta modalidad, aclara de manera explícita que los clientes del tercero son clientes del PSP que provee las cuentas y exige que la provisión indirecta mantenga los mismos estándares que la oferta directa.
- Nuevas obligaciones de información. Los PSP deberán declarar al BCRA datos que antes no estaban obligados a informar: identificación del banco patrocinante, si operarán como PSPCP como Servicio y, en ese caso, la nómina de entes habilitados.
- El plazo para iniciar operaciones se amplía a 12 meses. Los PSP que se inscriban dispondrán de 12 meses —el doble del plazo anterior— para comenzar a operar, en reconocimiento de las crecientes complejidades técnicas de integración con otros actores del sistema de pagos.
- Nuevas causales de cese de actividades. Se incorporan cuatro escenarios en los que el BCRA podrá tramitar la baja por iniciativa propia, que se adicionan a la ya existente posibilidad de solicitud de baja por parte del PSP.
- Plazos de adecuación. Los PSP ya inscriptos tienen 90 días corridos para ajustarse a la nueva normativa.
